En la Gaceta Oficial N 40.768, publicada el pasado 16 de octubre de
2015, el Ministerio del Poder Popular para Transporte Terrestre y Obras
Públicas, estableció los lineamientos y condiciones de todos los
vehículos, importados o ensamblados en el país, que fueron otorgados a
través de la Misión Transporte para ofrecer un servicio público.
En el texto se específica que estos vehículos, “no podrán ser
vendidos, arrendados, donados, cedidos, dados en comodato y de ninguna
forma enajenados”, dentro de los tres años siguientes a su adjudicación o
compra.
Igualmente, se establece que el Instituto Nacional de Transporte
Terrestre (INTT), emitirá a cada vehículo la certificación de origen y
el certificado de registro con una nota de prohibición para que se
cumpla lo anteriormente estipulado.
Asimismo, se indica que el Ministerio del Poder Popular para
Relaciones Interiores, Justicia y Paz, será el encargado de velar para
que “sus dependencias, entes u organismos adscritos con competencias en
registro público o notariado”, se abstengan de gestionar documentos para
tramitar las transacciones mencionadas.
Fuente: El Universal.
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