lunes, 8 de julio de 2013

CONSEJO COMUNAL: Delimitación del los Ámbitos Geográficos

Como delimitaran los Consejos Comunales las poligonales en el ámbito geográfico, una primera ubicación es la ubicación del norte, mediante la utilización de una brújula o por medio de la referencia natural correspondiente a la salida del sol que se realizar por el Este y se oculta por el Oeste, una vez orientados, se elige un punto de inicio y se comienza el recorrido en el sentid de las agujas del reloj, hasta llegar nuevamente al punto de inicio y cerrar la poligonal.

            El segundo punto es la ubicación de los linderos, esto describe en función del entorno local, es decir, en base a los elementos naturales tales como (ríos, montañas, quebradas) y elementos culturales como (calles, avenidas, callejones, escaleras) entre otras áreas que limitan el Consejo Comunal. Estas delimitaciones deberán ser llevadas a consulta ante las asambleas de ciudadanos de los dos consejos comunales, donde decidirán su aprobación.
            La existencia de las poligonales se presentan varios problemas, primero la superposición del Ámbito:
1.      Identificar cual de los Consejos Comunales se conformo primero.
2.      Cantidad de familias y la fecha de registro.
3.      Evaluación del promotor en la adecuación o conformación.
4.      Correspondencia del Censo con respecto a las familias.
5.      Verificar elecciones y volantes.
Un segundo problema que se presenta es el Solapamiento del Ámbito Geográfico.
1.      Se debe definir cual tiene la mayor antigüedad.
2.      Revisar los expedientes y convalidarlos en campo.
3.      Verificar que el número de familias corresponda a censos y que los voceros estén dentro de la poligonal que ellos definen y donde se ubican las viviendas de los mismos.
4.      Confirmar que no se tenga denuncias con respecto alguna irregularidad.
5.      Verificar si tienen introducidos proyectos en el área en conflicto y de que fecha son los mismos.
La nueva delimitación del Ámbito Geográfico del Consejo Comunal tiene las siguientes características, tales como:
1.      Sobrepasan en número de familias que corresponde a un consejo Comunal.
2.      Nueva forma de delimitación del espacio generada por la participación y estos cambios deben realizarse de una manera organizada en correspondencia con la comunidad.
3.      Errores emitidos por FUNDACOMUNAL deben ser enmendados llegando a acuerdos sin perjudicar a la comunidad.
Los habitantes de la comunidad cuyos límites geográficos se establecen o ratifican por medio de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, de acuerdo con sus particularidades y considerando la base
poblacional cotejándola con el censo Demográfico Socio Económico.

Lcdo. Ramón Zambrano


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