En Gaceta Oficial N° 40.777 del 29/10/2015 fue publicada la Providencia Administrativa N° 001-2015 del 29/07/2015, mediante la cual la Oficina Nacional Antidrogas (ONA), regula los deberes formales que deben cumplir los contribuyentes (personas jurídicas privadas, consorcios y entes públicos con o sin fines empresariales que ocupen cincuenta (50) o más trabajadores y aquellas personas jurídicas fabricantes o importadores de bebidas alcohólicas, tabacos y sus mezclas) a los fines de efectuar el pago del aporte y la contribución especial al Fondo Nacional Antidrogas (FONA) establecidos en la Ley Orgánica de Drogas.
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viernes, 6 de noviembre de 2015
Deberes formales de los contribuyentes del FONA
En Gaceta Oficial N° 40.777 del 29/10/2015 fue publicada la Providencia Administrativa N° 001-2015 del 29/07/2015, mediante la cual la Oficina Nacional Antidrogas (ONA), regula los deberes formales que deben cumplir los contribuyentes (personas jurídicas privadas, consorcios y entes públicos con o sin fines empresariales que ocupen cincuenta (50) o más trabajadores y aquellas personas jurídicas fabricantes o importadores de bebidas alcohólicas, tabacos y sus mezclas) a los fines de efectuar el pago del aporte y la contribución especial al Fondo Nacional Antidrogas (FONA) establecidos en la Ley Orgánica de Drogas.
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