Las personas que incurran en defraudación fiscal (ocultar ingresos),
deberá enfrentar penas restrictivas de libertad de 6 meses a 7 años de
prisión, mientras que por falta de enteramiento de los impuestos
retenidos la pena será de cuatro a seis años de prisión.
También les aseguró que incumplir con los deberes formales y con la
declaración y pago del ISLR, así como la evasión fiscal, puede acarrear
sanciones del tipo administrativo y sanciones penales por defraudación,
según lo estipulado en el Código Orgánico Tributario (COT) vigente.
Si el usuario realiza declaraciones incompletas, extemporáneas o de
hacer más de una sustitutiva, acarrea sanciones que van entre 50 y 150
Unidades Tributarias (UT).
En caso de no presentar declaraciones la sanción es de 150 Unidades Tributarias.
Personas jurídicas
No presentar declaraciones o presentarlas con retraso superior a un
año, deberán afrontar el cierre del establecimiento por diez días
continuos y multas de 150 UT.
Presentar la declaración de forma incompleta o con un retraso igual o menor de un año tendrá una multa de 100 UT.
No presentar o presentar con retraso la declaración informativa de
las inversiones en jurisdicciones de baja imposición fiscal, puede
acarrear sanciones de hasta 1000 UT.
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