En
estos momento en la patria de nuestro gran Libertador Simón Bolívar
y del Comandante Eterno Hugo Chavéz se están realizando una gran
cantidad de elecciones de los Consejos Comunales en su primera fase,
o sea, por primera vez y la respectiva adecuación, renovación y
actualización de los voceros y voceras de los distintos comíte que
conforman a cualquier Consejo Comunal en Venezuela. La Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela en el artículo 63 sección
primera dice: El sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante
votaciones libres, universales, directas y secretas. La ley
garantizará el principio de la personalización del sufragio y la
representación proporcional.
La
Ley Orgánica de los Consejos Comunales, establece que para aquellos
Consejos Comunales que están realizando por primera vez sus
elecciones, deberán establecer un equipo electoral provisional
estará conformado por tres habitantes de la comunidad electos en la
primer a Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, deberá regir el
proceso electoral para la elección del primer consejo comunal y cesa
en sus funciones al momento de la constitución definitiva del
consejo comunal, de allí la importancia de la organización social
comunitaria para sembrar las bases del progreso colectivo comunitario
y comunal que es fin y las bases del sistema socialista del siglo
XXI.
Cuando
el consejo comunal va a la renovación de su vocería, se establece
la comisión electoral, es la encargada de organizar y conducir de
forma permanente, los procesos de elección o revocatoria de los
voceros o voceras del consejo comunal y las consultas sobre aspectos
relevantes de la vida comunitaria, así como cualquier otro que
decida la Asamblea de Ciudadanos (as). Estará integrada por cinco
habitantes, con sus respectivos suplentes; durarán dos años en sus
funciones, contados a partir de su elección en Asamblea de
Ciudadanos y Ciudadanas. No podrán postularse a las unidades del consejo.
- Notificación de las Elecciones por la Comisión Electoral.
- Solicitud a la Oficina Nacional de Participación Ciudadana de Asesoría, Apoyo y Acompañamiento.
- Actualización del Registro Electoral.
- Publicación del Registro Electoral Preliminar. Lapso de impugnación al Registro Electoral ante la Comisión Electoral.
- Pronunciamiento de la Comisión Electoral de la impugnación del Registro Electoral.
- Presentación y publicación del Registro Electoral definitivo de la comunidad.
- Presentación de postulaciones ante la Comisión Electoral.
- Observación a postulaciones por la Comisión Electoral.
- Subsanación de observaciones ante la Comisión Electoral.
- Pronunciamiento de la Comisión Electoral sobre admisión o rechazo de postulaciones.
- Publicación del acta de cierre de postulaciones.
- Interposición de Recursos ante la Comisión Electoral contra admisión o rechazo.
- Pronunciamiento de la Comisión Electoral respecto a los recursos contra postulaciones.
- Campaña Electoral.
- Designación de miembros de mesas y testigos.
- Instalación de los centros de votación.
- Acto de votación, totalización y escrutinio.
- Proclamación.
- Interposición de recursos ante la Comisión Electoral contra el acto electoral.
- Pronunciamiento de la Comisión Electoral sobre recursos contra acto de voto.
- Juramentación.Nuevamente queda demostrado la cooperación entre el poder constituido y el poder popular, constituyente, está alianza.
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