En
Gaceta Oficial N° 40.846 del 11/02/2016 fue publicada la Providencia
Administrativa Nº SNAT/2016/0011 de la misma fecha, emitida por el
Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria
(SENIAT), por medio de la cual se reajusta la unidad tributaria de
Bolívares ciento cincuenta (Bs. 150,00) a Bolívares ciento setenta y siete (Bs. 177,00).
La nueva Unidad Tributaria comienza a regir de manera inmediata. Sin
embargo, en los casos de tributos que se liquiden por períodos anuales
(ISLR), la unidad tributaria aplicable será la que haya estado vigente
durante por lo menos 183 días continuos del período
respectivo; y para
los tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la Unidad
Tributaria aplicable será la que esté vigente para el inicio del
período, todo de conformidad con lo establecido en el Parágrafo Tercero
del artículo 3 del Código Orgánico Tributario (COT).
Con el aumento de la unidad tributaria a Bs 177, ordenado por el
Servicio Nacional de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat),
aumentaron también los trámites públicos fijados sobre la base del
impuesto. Así quedaron:
- Licencia para conducir de 1er y 2do grado: Bs 1.062 (6 UT)
- Licencia para conducir de 3er grado: Bs 2.124 (12 UT)
- Licencia para conducir de 4to grado: Bs 2.832 (16 UT)
- Licencia para conducir de 5to grado: Bs 3.894
- Pasaporte: Bs 2.124 (12 UT)
- Tasa aeroportuaria nacional: Bs 141,6 (0,8 UT)
- Tasa aeroportuaria internacional: Bs 672,6 (3,8 UT)
Además, el valor del Cesta Ticket, que equivale a 150 por ciento de la UT, quedó en Bs 265,5 por jornada laboral.
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